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Así es la última regulación para las billeteras virtuales en Argentina

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La misma fue bien recibida por los principales players de la industria. Según información oficial, la misma consiste en que, a partir de ahora, las billeteras digitales podrán “enrolar” cuentas de otras entidades financieras o Proveedores de Servicios de Pago.

Publicado el 04 Jul 2022

Billeteras virtuales

De a poquito, el ecosistema de servicios financieros se va expandiendo en la Argentina. Si bien ya en el último tiempo- impulsado por la pandemia- el país registró un crecimiento importante en materia Fintech y billeteras virtuales, esta última norma del Banco Central favorecerá y facilitará aún más su adopción entre los usuarios.

Tal como informaron fuentes oficiales del organismo rector del sistema financiero de ese país, a partir de ahora las personas que tengan una billetera digital podrán hacer desde allí pagos con Transferencia o Transferencias Inmediatas utilizando los fondos depositados en otras cuentas asociadas.

Para explicarlo sencillamente: los clientes, de ahora en más, podrán enrolar las cuentas – a la vista o de pagos- provistas por otras entidades financieras o Proveedores de Servicios de Pago (PSP).

Por eso, de ser necesario, los administradores de esquemas de pago de transferencias electrónicas deberán adaptar sus procesos, mientras que los PSP y las entidades financieras estarán obligadas a ofrecer la operatoria.

También, algo importante que se desprende de esta norma lanzada por el Banco Central argentino, es que contempla la aplicación de medidas de seguridad antifraude. 

La mirada de los expertos

El director del área de Fintech y Digital Banking en la Universidad Católica Argentina, Ignacio Carballo, dijo a portales argentinos que, con esta novedad, “las Fintechs deberán adaptarse, mientras que los Bancos estarán obligados a facilitar esta información”. En ese sentido, añadió que “ya no habrá que mover fondos a una billetera virtual para poder hacer transferencias”.

Con esta norma, previa autorización del usuario por única vez, los fondos a la vista -a la vista o de pago- de cualquier banco estarán siempre al alcance de la aplicación de cada cliente.

“Dicha autorización podrá ser concedida por única vez, al momento del enrolamiento de la cuenta. En el caso de que el ordenante de la solicitud sea una persona humana ese tipo de autorización solo podrá ser efectuada cuando el titular (o alguno de los cotitulares) de la cuenta debitada coincida con la persona que remite la solicitud. La autorización por única vez no podrá concederse”, describe la resolución.

Prohibida su reproducción total o parcial.

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Redacción InnovaciónDigital360

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